La Junta de Personal Docente no Universitario de la Provincia de Almería, en nombre del profesorado de Educación Secundaria al que legalmente representa, quiere manifestar su hartazgo ante el continuo abuso de poder de la administración educativa andaluza referido al horario regular del profesorado antes mencionado
Dicho abuso se manifiesta a través de diferentes situaciones de las que pasamos a exponer algunos ejemplos:
1º) La normativa andaluza supera y amplia a la de rango estatal, en cuanto al citado horario regular del profesorado de secundaria. Mientras en la normativa autonómica se habla de 25 horas como mínimo, la normativa estatal en vigor hasta la entrada de los recortes en educación por parte del gobierno central, fijaba en 25 exactas esas horas.
2º) La normativa andaluza no regula ni contempla las distintas singularidades del profesorado de secundaria en cuanto a la asistencia a reuniones de equipos educativos y sesiones de evaluación, dejando a la manida autonomía de los centros la posibilidad o no de establecer una regulación al respecto.
3º) La administración educativa andaluza insta, anima y casi obliga al profesorado a formarse permanentemente, sin embargo, un somero análisis de los horarios de los docentes andaluces evidencia que no hay tiempo real en el horario para ello.
4º) La administración educativa anima a que se organicen actividades extraescolares como complemento a la labor educativa de los centros. Una vez más muchos de los horarios de los docentes andaluces no pueden contemplar dichas horas porque vulnerarían la legalidad vigente.
Aun con todos estos agravios y muchos otros, los profesores profesoras que imparten docencia en Andalucía en general y en Almería en particular, siguen haciendo su labor con eficiencia, voluntad y coraje hurtando el tiempo que la administración no les reconoce a sus vidas personales así como a la conciliación de vida personal y laboral.
Por todo ello, esta Junta de Personal Docente no universitario, exige que la administración educativa andaluza arbitre las medidas necesarias para que:
- Ningún docente supere las 25 horas de horario regular.
- Las guardias tengan consideración de horario lectivo.
- Se regulen los tiempos dedicados a equipos docentes y sesiones de evaluación en función del número de grupos a los que se les imparte docencia, teniendo en cuenta cualquier situación posible (desdobles, agrupamientos flexibles, etc.)
En Almería a 20 de mayo de 2015.
Carmen Vidal Salcedo Eduardo Jesús García Rojas
Presidenta Secretario